18 noviembre 2005

P R O C U R A D O R E S

EL IMPULSO PROCESAL: UNA QUIMERA
El "... dada cuenta, inste la parte lo que a su derecho convenga" cuando por sistema se emplea como fórmula de estilo -desestilo- para proveer -desproveer-, no solo es contraria las más básicas normas del derecho procesal sino que provoca graves perjuicios y olvida los principios del impulso procesal del órgano jurisdiccional y la tutela judicial efectiva de la que el justiciable es acreedor.
La Inspección de Tribunales debería buscar en qué momentos procesales se aplica con incuria esa "fórmula" para no actuar como en derecho procede, es de cir, con efeftividad y celeridad.

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