28 diciembre 2008

El colapso de la justicia se agrava.

Los juzgados valencianos acumulan 330.000 asuntos pendientes de resolver, la mayor cifra desde 2002.
Si hablando de crisis económica, 2009 aparece en el horizonte como el periodo más temible, para la colapsada justicia valenciana el panorama no es más alentador. El paso del tiempo hace que se llenen cada vez de más expedientes las estanterías de los juzgados, las dificultades económicas aumentan las disputas en manos de los tribunales y el retraso en dilucidar los conflictos aumenta día a día. No son palabras vacías ni juicios agoreros. La estadística así lo demuestra.

El último resumen de actividad publicado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) revela una alarmante situación en los juzgados valencianos. Nunca, desde 2002, los tribunales de la Comunitat acumulaban tantos asuntos pendientes de resolver. Un total de 337.404, según el informe consultado por LAS PROVINCIAS y que hace referencia al tercer trimestre del presente año.

El colapso no ha parado de crecer desde dicho año. Entonces, los datos del CGPJ hablaban de 250.000 asuntos aguardando una resolución judicial en la Comunitat. Los 337.404 expedientes pendientes suponen casi 30.000 más que los que había en el tercer trimestre de 2007 y 17.000 más que los registrados en el segundo trimestre de este año.


Bajan los asuntos ingresados
El que durante julio, agosto y septiembre se recibiera en los órganos judiciales de la Comunitat una de las cifras de asuntos más baja de los últimos dos años (247.000 nuevos casos) no ha evitado que la situación de los tribunales valencianos sea una de las más críticas que se recuerdan.

La estadística no hace más que dar la razón a las predicciones realizadas por los principales protagonistas de la justicia valenciana y tildadas por algunos de alarmistas. Nada más lejos de la realidad. Las advertencias de caminar hacia el colapso realizadas al presentar su memoria anual por el presidente del Tribunal Superior o las denuncias del juez decano de Valencia o de las juntas de jueces de la Comunitat de sobrecarga de trabajo no hacen sino materializarse en realidades con el paso del tiempo.

Por órdenes jurisdiccionales, los asuntos penales siguen siendo los más atrasados. Los casi 170.000 asuntos que aún deben solventar los juzgados de la Comunitat superan con mucho al resto de materias.

Pero las cifras apuntan otra conclusión: la cada vez mayor incidencia que tiene la crisis económica en el colapso judicial. El orden civil (encargado de dilucidar aspectos como suspensiones de pagos o reclamaciones monetarias) y social (que asume conflictos laborales como despidos) tienen cada vez más presencia en las cifras generales.

Así, durante el tercer trimestre de este año, casi uno de cada cuatro asuntos recibidos en los juzgados valencianos pertenecía a alguna de estas dos disciplinas. La proporción supone un aumento del 4% con respecto al mismo periodo de 2007.

Como LAS PROVINCIAS publicó la pasada semana, los jueces mercantiles de la región son los que más sufren el colapso. La carga de trabajo que asumen es cinco veces superior a la considerada óptima por el Consejo General del Poder Judicial. Y este mismo órgano lanzó una alarmante predicción: los procesos concursales (suspensiones de pagos de las empresas) se van a multiplicar por cinco durante el año que viene.


Más sentencias y más resueltos
La estadística, sin embargo, no sirve para poner en duda la capacidad de trabajo de los jueces y magistrados. De hecho, el número de asuntos resueltos es mayor que el registrado en el tercer trimestre de 2007: alrededor de 7.000 expedientes más solventados por los titulares de órganos judiciales.

También ha aumentado el número de sentencias, al pasar de 28.278 en el periodo de 2007, a 32,451 resoluciones dictadas entre julio y agosto de este año.

¿Dónde radica entonces el problema? En que los jueces se ven superados por la cantidad de casos que reciben. Es la consecuencia inevitable de que la Comunitat Valenciana esté a la cabeza de la litigiosidad en España y que, sin embargo, se sitúe a la cola en cuanto a número de jueces por habitante.

Sólo así se puede entender que, pese a que los tribunales solucionan más asuntos que hace un año, aumente la tasa de pendencia (proporción entre pendientes y finalizados) y disminuya la tasa de resolución (ratio entre resueltos e ingresados).

Las estadísticas del CGPJ indican que, durante el último trimestre del año, suele reducirse notablemente la cifra de asuntos acumulados. Parece como si los magistrados apretaran el acelerador en los últimos meses para mejorar el balance. Habrá que esperar a que el Poder Judicial publique los resultados de ese trimestre final, pero las recientes manifestaciones de los jueces no parecen indicar que vayan a aumentar demasiado su tasa de resolución.

La clase judicial montó en cólera tras la sanción al juez Tirado por el caso Mari Luz y la petición lanzada desde el Gobierno central de un "castigo ejemplar" para el magistrado andaluz. Y el último trimestre del año ha sido, precisamente, el instante elegido para llevar a cabo sus protestas.

En octubre, las juntas de jueces de toda España se celebraron casi al unísono y paralizaron los juzgados durante toda una mañana. Cientos de procesos quedaron aplazados en la Comunitat Valenciana.


Huelga de celo
Al finales del mes pasado, una nueva vuelta de tuerca. La junta de jueces de Valencia, en un comunicado, anunció lo que casi es una huelga de celo encubierta. Criticaron la falta de medios, las muchas palabras y pocos actos de la Administración y anunciaron que sólo trabajarían según los módulos fijados por el CGPJ. De cumplir sus intenciones, ello hace difícil pensar que la situación de colapso mengüe en la parte final de 2008.

No es el mundo judicial el único que sufre los rigores de la crisis y la escasez de personal. Como ayer publicó LAS PROVINCIAS, sus colegas de toga, los fiscales, también echan de menos más manos con las que manejar con pericia el timón de la justicia valenciana.

Como ejemplo, desde la Fiscalía de Valencia lamentaron que cuando un fiscal está de guardia tiene que ocuparse de dos partidos judiciales que engloban hasta 36 términos municipales. Y ello, como es lógico, hace peligrar su presencia en dos casos que se produjeran al mismo tiempo.

Durante la inauguración el pasado mes en Valencia del Congreso Nacional de los Procuradores, el ministro Bermejo repitió con ahínco que esta iba a ser la legislatura del "cambio radical" para la justicia. "Les hablo en serio", dijo hasta en dos ocasiones ante las caras de incredulidad de algunos. Las cifras, por el momento, no invitan al optimismo.
Fuente: ARTURO CHECA| LAS PROVINCIAS

23 diciembre 2008

Se suprimen los precios de venta del Boletín Oficial del Estado y del Boletín Oficial del Registro Mercantil

Trsncribimos la "Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se suprimen los precios de venta del "Boletín Oficial del Estado" y del "Boletín Oficial del Registro Mercantil":
La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, vino a consagrar la relación con las Administraciones públicas por medios electrónicos como un derecho de los ciudadanos y como una obligación correlativa para tales Administraciones.
El artículo 11.1 de la citada Ley prevé que la publicación de los diarios o boletines oficiales en las sedes electrónicas de la Administración, Órgano o Entidad competente tendrá, en las condiciones y con las garantías que cada Administración Pública determine, los mismos efectos que los atribuidos a la edición impresa.
Respecto al Boletín Oficial del Estado, la Ley dispone, en su artículo 11.2, que su publicación electrónica tendrá carácter oficial y auténtico en las condiciones y con las garantías que se determinen reglamentariamente, derivándose de dicha publicación los efectos previstos en el título preliminar del Código Civil y en las restantes normas aplicables. Esta previsión está sometida a plazo: deberá tener efecto desde el día 1 de enero de 2009, según se determina en la disposición final segunda de la misma Ley.
Con la finalidad de dar cumplimiento al mandato legal, el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial Boletín Oficial del Estado vino a desarrollar las condiciones y garantías de publicación del nuevo diario electrónico, con el carácter de oficial y auténtico, a partir del 1 de enero de 2009.
El artículo 13.2 del citado Real Decreto señala que, la edición impresa comprenderá los ejemplares necesarios para asegurar la conservación y custodia de al menos tres ejemplares del diario oficial en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y en la Dirección General del Secretariado del Gobierno, así como los que reglamentariamente se determine para su conservación en la normativa que regula el depósito legal.
Sin perjuicio del derecho de los ciudadanos a obtener copias impresas de las disposiciones, actos o anuncios, o del diario completo, mediante, en su caso, la contraprestación que proceda, recogido en el artículo 14 del Real Decreto, la limitación del número de ejemplares impresos prevista en el artículo 13.2, implica la supresión de la venta de ejemplares impresos del diario así como de las suscripciones al mismo, tal como se concebían hasta ahora.
De forma similar se han regulado las condiciones y garantías de la edición electrónica del otro diario oficial que publica la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
El Real Decreto 1979/2008, de 28 de noviembre, por el que se regula la edición electrónica del Boletín Oficial del Registro Mercantil, establece que Al contenido de los actos, anuncios y avisos legales de la edición electrónica y de la edición impresa del "Boletín Oficial del Registro Mercantil" se les reconocerá el carácter y la eficacia jurídica que resultan de la Ley, del Reglamento del Registro Mercantil y de las normas que se establecen en este real decreto.
Paralelamente a lo que sucede con el Boletín Oficial del Estado y, también sin perjuicio del derecho de los ciudadanos a obtener copias impresas, el artículo 2.3 del Real Decreto señala que la edición impresa comprenderá los ejemplares necesarios para asegurar la conservación y custodia de al menos tres ejemplares del diario en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y en la Dirección General de los Registros y del Notariado, así como los que reglamentariamente se determine para su conservación en la normativa que regula el depósito legal.
En consecuencia, esta norma implica también la supresión de la venta de ejemplares impresos del Boletín Oficial del Registro Mercantil así como las suscripciones al mismo, en la forma en que se efectúa actualmente.
La Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, modificada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, en su artículo 26.1 establece que la fijación o modificación de la cuantía de los precios públicos puede hacerse directamente por los organismos públicos, previa autorización del Departamento ministerial del que dependan.
En su virtud, previa autorización de la Ministra de la Presidencia, resuelvo:
Primero.
Suprimir los precios de venta del ejemplar diario del Boletín Oficial del Estado y del Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Segundo.
Suprimir los precios de las suscripciones al Boletín Oficial del Estado y del Boletín Oficial del Registro Mercantil.
Tercero.
Esta Resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2009.
Madrid, 15 de diciembre de 2008.
La Directora de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado,
Carmen Gomis Bernal.

La nueva Oficina Judicial

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial, elemento clave para hacer realidad la profunda transformación estructural de juzgados y tribunales planteada por la Ley Orgánica del Poder Judicial tras su modificación por la LO 19/2003.

Para conseguir estos objetivos, la presente reforma modifica un total de quince leyes procesales, que son: Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley de Enjuiciamiento Criminal, Ley Hipotecaria, Ley sobre Hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de posesión, Ley de Extradición Pasiva, Ley Cambiaria y del cheque, Ley de Patentes, Ley de Procedimiento Laboral, Ley de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, Ley sobre Condiciones Generales de la Contratación, Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley Concursal y Ley de Arbitraje.

La puesta en marcha de la nueva Oficina Judicial permitirá una organización judicial racionalizada que optimizará los medios humanos y materiales con que cuenta la Administración de Justicia, tanto por la reordenación de los servicios procesales -en los que se especializarán las labores que deba realizar el personal a su cargo-, como por la incorporación de los medios tecnológicos adecuados para realizar de la manera más eficaz y segura los trámites judiciales.

Servicio público eficaz

Esta modernización de juzgados y tribunales redundará en un servicio público eficaz y cercano al ciudadano, que verá plenamente garantizada la protección de sus derechos y la efectividad de los procedimientos penales, permitiendo consolidar la confianza en las decisiones jurisdiccionales como garantes del orden social.

En cuanto a la vertiente organizativa, la principal novedad de la reforma descansa en el reparto de funciones que dentro de la Oficina Judicial se establece entre jueces y magistrados y secretarios judiciales. En consecuencia, con el mandato del artículo 117 de la Constitución Española, que atribuye a jueces y magistrados la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, se ha realizado una labor de deslinde de todas las actuaciones judiciales que no se corresponden estrictamente con tales funciones, siendo atribuidas éstas a los secretarios judiciales.

Este cuerpo superior jurídico asume con la reforma importantes competencias tales como la admisión de las demandas, terminación anticipada del procedimiento o las decisiones de ejecución amparadas por la orden general que dicte un juez, así como el conocimiento y resolución de múltiples trámites e incidentes de los procedimientos (tasaciones de costas, jura de cuentas, ect) y labores organizativas.

Sin embargo, esta regla general en materia de admisión no se extiende a la jurisdicción penal, dada la importancia de los derechos del justiciable que se pueden ver afectados, lo que aconseja el conocimiento de los asuntos desde el primer momento por el juez.

En todo caso, la salvaguarda de los derechos de los ciudadanos queda garantizada por la posibilidad de recursos ante los jueces contra las resoluciones de los secretarios judiciales que los afecten. De esta manera, jueces y magistrados quedan descargados de toda labor no jurisdiccional en las oficinas judiciales y pueden centrarse en su labor constitucional.

Registro en soporte audiovisual

También se extiende a todos los órganos jurisdiccionales la obligación de registrar en soporte audiovisual las actuaciones que ante ellos se practiquen, medida que lleva aplicándose con gran éxito en la jurisdicción civil desde el año 2001. Incluso se refuerza esta garantía, previendo la incorporación de firma electrónica en las actas generadas por estos medios.

En este sentido, se establece que el documento electrónico que contenga la grabación, siempre que incorpore la firma electrónica reconocida del secretario judicial, constituirá el acta a todos lo efectos.

La reforma ha supuesto también una oportunidad para introducir algunas modificaciones largo tiempo reclamadas desde el ámbito jurídico. Así, en materia penal se verán reforzadas las garantías de las víctimas y perjudicados por los delitos, que serán informados de todos sus derechos y acciones en el propio órgano judicial y dispondrán de mayor información de los procedimientos de los que formen parte. Asimismo, en materia civil, el incremento de la cuantía del procedimiento monitorio pasa de 30.000 a 150.000 euros, potenciando un trámite sencillo y fiable para la resolución de deudas dinerarias documentadas, evitando al ciudadano tener que acudir a los más complejos procedimientos declarativos.

Agenda programada de señalamientos

La reforma también introduce nuevos medios técnicos, como la agenda programada de señalamientos o la posibilidad de realizar pujas en las subastas judiciales a través de Internet, y se potencian los ya existentes. El secretario judicial tendrá competencia para el señalamiento de las vistas judiciales y será quien gestione la agenda programada. Se generaliza la grabación de las vistas en todas las jurisdicciones, previendo la incorporación de firma electrónica en ellas para mayor garantía de los derechos de los justiciables.

Estas nuevas normas, apoyadas por la creciente inversión del Estado en Justicia, que permitirá disponer de las infraestructuras necesarias para llevar a cabo este ambicioso proyecto, supondrán la definitiva superación de los lastres arrastrados por la Administración de Justicia y construir la Justicia del siglo XXI.

El CGAE muestra su sorpresa por la sentencia del Supremo sobre el pacto de cuota litis

El Consejo General de la Abogacía Española manifiesta su sorpresa por el hecho de que el Tribunal Supremo haya quebrado totalmente su doctrina sobre el pacto de cuota litis, en un giro de 180 grados, especialmente dado que no hace muchos años resolvió en sentido contrario algunos recursos contra el vigente Estatuto de la Abogacía de 2001, señalando que la prohibición estaba correctamente regulada. Igualmente manifiesta el Consejo que el pacto cuota litis está contraindicado y que el Código Deontológico de CCBE, que agrupa a todas las abogacías de la Unión Europea, lo tiene expresamente prohibido.

En este sentido, el artículo 3 del citado Código, aprobado en Oporto en mayo de 2006, señala expresamente que “el abogado no podrá fijar sus honorarios con arreglo a un pacto de cuota litis", y que “no se considerará pacto de cuota litis el convenio que prevea la determinación de los honorarios en función del valor del litigio encargado al abogado, siempre que dicho valor se fije de conformidad con una tarifa oficial de honorarios o esté admitida por la autoridad competente de la que depende el abogado”.

Esta normativa deontológica refleja la posición común de la gran mayoría de Estados miembros de la UE en el sentido de que un acuerdo no regulado de pacto de cuota litis es contrario a la buena administración de la justicia en la medida en que fomenta la litigiosidad especulativa y que convierte al abogado en socio del cliente, momento en el cual pierde su independencia.

Sin embargo, este artículo no se opone al mantenimiento o introducción de acuerdos por los que los abogados reciban honorarios diferentes en función de los resultados o que sus servicios únicamente sean abonados si la acción o el asunto resultan en beneficio de la parte, siempre que estos mecanismos se encuentren suficientemente regulados y controlados para proteger al cliente y el adecuado funcionamiento de la administración de justicia.

A la espera de analizar en detalle la sentencia, el Consejo estudiará si plantea el correspondiente recurso ante los órganos competentes, nacionales o internacionales.

Justicia impulsa la unificación de los sistemas informáticos judiciales con las CCAA

El ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, presidió ayer, en el Palacio de Parcent del Ministerio de Justicia, la Conferencia Sectorial con 10 de las 11 Comunidades Autónomas (País Vasco no ha asistido) que cuentan con las competencias. En el encuentro han estado la Comunidad Valenciana, Andalucía, Cataluña, Navarra, Galicia, Cantabria, Aragón, Asturias, Canarias y Madrid

Durante la reunión, el departamento que dirige Fernández Bermejo trasladó su propuesta de plan de colegiación de esfuerzos para el desarrollo de sistemas de información comunes para la Administración de Justicia. Con él se pretende establecer un marco de colaboración estable, efectivo y con vocación de permanencia entre el Ministerio y las comunidades autónomas con competencias en materia de Justicia para desarrollar e implantar sistemas de información comunes.

De esta forma, las administraciones que, de forma voluntaria, decidan adherirse al plan, podrán beneficiarse de una reducción de costes, derivada de una generación de economías a escala y de la compartición de esfuerzos. Además, la unificación de los productos facilitará no sólo el intercambio de información, la formación del personal o el establecimiento de estándares y de normas comunes de actuación, sino también la constitución de una base amplia de conocimiento compartida entre todos.

La propuesta supone también una mejora de la calidad y una garantía de estabilidad de los sistemas, así como la implantación progresivamente más sencilla de aquellos que se desarrollen en el marco del plan.

Cada administración podrá optar por uno de los dos programas de actuación que contempla el plan:

De corto plazo y duración limitada: supone la implantación, durante el año 2009, y hasta el 1 de enero de 2010, del sistema de información procesal Minerva- NOJ v.02 en todas las administraciones adheridas al programa. No obstante, la elección de esta alternativa implica la incorporación también de la adhesión al programa de actuación a medio plazo.
Programa a medio plazo y con duración ilimitada: permite desarrollar e implantar gradual e incrementalmente una serie de sistemas y servicios de información que den soporte a la Administración de Justicia, de cara a conseguir los objetivos planteados en el Plan de Transparencia Judicial de 2005.
Implantación de la Nueva Oficina Judicial

Durante la reunión de la Conferencia Sectorial también se trataron otros asuntos, como las actuaciones que están aún pendientes para la implantación de la nueva Oficina Judicial.

No obstante, el Ministerio de Justicia informó a las comunidades autónomas del estado de tramitación de los proyectos legislativos que afectan al proceso de implantación. En especial, del Anteproyecto de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Oficina Judicial, que fue aprobado el pasado viernes en el Consejo de Ministros. Asimismo, ha dado cuenta de otros planes que pretenden acometerse y de la intención del Ministerio de fijar un plazo para el proceso de implantación de la oficina judicial que vincule a todas las Administraciones con competencias en la materia.

La implantación de la nueva oficina judicial es uno de los objetivos claves del Ministerio de Justicia en la presente legislatura y pretende culminar el trabajo realizado por este departamento durante la anterior.

Con este nuevo sistema de trabajo se hará posible la transformación de las actuales estructuras judiciales del siglo XIX en una Administración moderna y ágil en su funcionamiento en pleno siglo XXI, mediante una redistribución de funciones y de recursos propios más racional. La implantación de este nuevo modelo de oficina judicial constituye, sin duda alguna, la pieza clave en el proceso de modernización de la Administración de Justicia.

Durante la pasada legislatura se trabajó intensamente en la consecución de este objetivo con actuaciones como: la confección del Plan de Transparencia Judicial; la aprobación de los siguientes Reglamentos: Cuerpo de Secretarios Judiciales, de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y el General Disciplinario de dicho personal; o la aprobación del sistema LEXNET de presentación telemática de escritos y traslado de copias a los operadores jurídicos.

Mejora del funcionamiento de los Registros Civiles

También, el pleno de la Conferencia Sectorial acordó aprobar la propuesta del Ministerio de Justicia de crear una comisión permanente y conjunta entre el propio Ministerio y las consejerías de Justicia de las comunidades autónomas, para el seguimiento de las actuaciones de los registros civiles, con la finalidad de mejorar el funcionamiento de los mismos.

La creación de esta comisión ha sido propuesta por la Dirección General de Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia como un impulso más para modernizar y agilizar los registros civiles, en la apuesta por conseguir un servicio público de calidad.

Agrupación de partidos judiciales en materia de Violencia de Género

La Conferencia Sectorial trató también la agrupación de partidos judiciales en materia de Violencia de Género y la modificación de la Ley de Demarcación y Planta Judicial.

Comisión de Selección de Personal

Otro de los puntos abordados ayer fue la designación de representantes de la Comisión de Selección de Personal, ya que corresponde a la Conferencia Sectorial determinar qué cuatro comunidades habrán de formar parte de esta Comisión. Han sido designadas las CCAA de Cataluña, Galicia, Canarias y Andalucía para formar la Comisión de Selección de Personal.

Estudio de las diferencias retributivas entre distintas CCAA

Por iniciativa de algunas CCAA, la Conferencia acordó estudiar en detalle las políticas retributivas que han seguido las distintas comunidades, y que arrojan sensibles diferencias entre unas y otras, y también entre ellas y el Ministerio de Justicia.

La Conferencia estuvo de acuerdo en considerar que, sin perjuicio del respeto a las competencias de cada administración, la existencia de diferencias genera distorsiones en el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Fecha: 17/12/2008 [08:56] h.
Origen: Ministerio de Justicia

Los sistemas informáticos autonómicos no están conectados, pero el delito y el caos sí es global

Un mosso d'esquadra de Cambrils redacta el atestado en su ordenador. Cuando termina, lo imprime en papel, lo mete en un sobre y se lo da a un compañero para que lo lleve en coche al juzgado de Reus. Allí, el funcionario abre el sobre, coge el atestado y lo vuelve a escribir en su ordenador. Los sistemas informáticos de comunidades autónomas o de distintos órganos judiciales en la misma ciudad siguen mayoritariamente sin estar interconectados. Sólo el delincuente sale ganando. Y el caos.

Si quiere ser un delincuente eficiente, ponga su domicilio en Andalucía, robe en el País Vasco, Navarra y Cataluña; en Valencia entréguese, y contrate su abogado en Canarias. O tampoco se complique. Haga lo mismo por ciudades y pueblos de su provincia. Y confíe en la diversidad de programas informáticos incompatibles que pululan por los juzgados.

El sistema de notificación digital Lexnet todavía no se usa en toda España, pese a sus cinco años de vida. Esta estafeta de correo electrónico es la solución ministerial para que juzgados y profesionales (abogados, procuradores) compartan la información con eficacia. Empezó a desplegarse en 2003, pero va lento.

"Está casi en toda la Audiencia Nacional. En el 61% de Castilla y León y en el 38% de Extremadura. Se hacen 14.000 al día", dice Julio Martínez Meroño, secretario general de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia. Dado que al día se presentan 23.000 asuntos, la cifra de notificaciones es ridícula. Además, Canarias y el País Vasco no lo usan porque quieren incorporar las notificaciones directamente en sus aplicaciones de gestión procesal. Lexnet sí funciona en zonas de Cataluña, está en pruebas en la Comunidad Valenciana y planean incorporarlo en Andalucía, Cantabria y Galicia.

El problema no es sólo que Lexnet no se extienda. Ojalá. Tampoco que Fortuny, la aplicación para los fiscales, siga sin implantarse en todo el país. Cada autonomía ha tirado por su lado, como si denuncias, querellas, homicidios o atracos tuvieran fronteras. El País Vasco implanta Justizia Bat. En Valencia se llama Cicerone. En Canarias, Atlante; en Andalucía, Adriano, y en Navarra, Avantius. En Cataluña la aplicación en desarrollo se llama Justicia.cat, que sustituirá a Temis en 2010. Y la ciudad de Murcia, capital de una de las seis autonomías sin competencias transferidas, es la única que prueba la versión más moderna de la aplicación ministerial Minerva.

El problema no es que haya versiones distintas. El lío es que ni se comunican ni se entienden. Son incompatibles. Algunas están preparadas para el expediente electrónico. Otras no. "Una urgencia es unificar versiones, sustituyendo el producto más antiguo por el más moderno. De Libra [la más vieja] hay 217 instalaciones. De Minerva, 86", dice el secretario general del ministerio.

"Hay un grave problema en el diseño de la red judicial, que debe interconectar sus datos", dice Pere Huguet, del Consejo General de la Abogacía. "Si cada Administración desarrolla sus herramientas, luego se tienen que entender entre sí. El modelo es el expediente electrónico. El resto son parches".

"Se trata de poner el mínimo común denominador para trabajar juntos. No hay que hablar de uniformidad de aplicaciones, sino de datos y formatos comunes", opina Inmaculada de Miguel, directora para la modernización de la justicia vasca.

El ministerio prepara ahora SIRAJ, un sistema unificado para acceder a los registros de información procesal. Luego, el objetivo es que las autonomías lo integren, convirtiendo al ministerio en un prestador de servicios de información a las comunidades autónomas. En enero empezarán a implantarlo. Antes, deberán garantizar la privacidad de unos datos muy sensibles, estableciendo mecanismos para determinar quién accede al sistema judicial español y quién lo autoriza.

El movimiento de papeles y de coches descrito en Reus, de personal duplicando tareas, se reproduce diariamente en todos los juzgados y comisarías de España. "El papeleo nos devora. Si esto fuera una empresa habría quebrado hace años, pero como todos cobramos a final de mes...", asegura un funcionario. El despilfarro de medios económicos y humanos caracteriza a la Administración de justicia, que, sin embargo, se ahoga bajo montañas de papel.

La nueva oficina judicial, que se empezó a gestar en los ochenta, aún no se ha implantado. Jueces y secretarios desconocen cuál será su nueva función; tampoco saben si una persona tiene causas pendientes en otros juzgados, salvo que haya sido condenada. Cada juzgado permanece ajeno a las actuaciones de otros tribunales. El expediente electrónico, el sueño de la oficina sin papeles, es ciencia-ficción.

El Gobierno dice que quiere resolver la saturación de un servicio público con cerca de 50.000 empleados. Como en 2001. El Gobierno de Aznar y los socialistas firmaron un pacto de Estado que desembocó en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial en 2003. La norma aspiraba a que el juez fuera responsable de dictar sentencia, pero no de la burocracia. Se marcaron múltiples tareas en ocho años: legislativas, organizativas y de infraestructura.

El Pacto de Estado se rompió. Y ocho años después este idílico escenario no existe. La reforma legal, paralizada durante años en el Congreso, se está discutiendo actualmente, y no entrará en vigor hasta 2010. Cierto es que han llegado los juicios rápidos o implantado las videoconferencias, aunque no la tengan todavía todos los órganos. O que acaban de estrenar las subastas judiciales por la red. Sin embargo, juzgados, tribunales y fiscalías siguen sin estar interconectados. Lexnet, el sistema de notificaciones seguras entre las partes no es de uso generalizado. Tampoco lo es Fortuny, la aplicación de la fiscalía. Con este panorama, el expediente judicial electrónico queda lejos. Tan lejano como que un ciudadano acceda por Internet a su sentencia. Si ha sido absuelto, ni siquiera le borrarán de la lista de personas con antecedentes policiales. En 2010 las gestiones administrativas digitales serán un derecho, aunque la ley no se refiere a la justicia, un servicio tan público como Hacienda o la Seguridad Social.

"La ley de 2003 sentó las bases, pero se ha incumplido. No ha habido reforma estructural ni procesal y la tecnología es deficiente. Un juzgado sabe lo suyo, pero desconoce lo que se trata en el contiguo. ¡Qué va a saber de lo que ocurre en el resto!", dice Rafael Lara, portavoz del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales.

"Acumulamos un retraso organizativo y de modelo", reconoce Julio Pérez, secretario de Estado de Justicia. "Tenemos que acelerar para invertir la tendencia y evitar que las malas inercias se conviertan en una rémora. No es cuestión de hacer propaganda, pero me niego a retratar un panorama dantesco. Somos críticos, pero no fatalistas. Esto tiene arreglo". El secretario de Estado insiste en que hay ejemplos que demuestran "que la maldición del pergamino se puede conjurar". Como el juicio del 11-M, "que incorporó todos los elementos de modernidad"; los de tráfico, "hasta ahora más rápidos que el procedimiento administrativo para poner una multa", o "el sistema de cuentas de consignación". "Mueve 3.000 millones de euros al año y ha sacado el dinero del juzgado".

Después de cuatro años de parálisis, el 27 de noviembre se reunió la comisión encargada de coordinar a todos los responsables de la justicia que convoca el Consejo General del Poder Judicial. Porque la situación es de por sí compleja. De la gestión de la justicia se encargan cuatro partes: el juez, el propio Consejo del Poder Judicial, el ministerio y 11 autonomías con competencias transferidas.

Sólo en Madrid hay tantos litigios como en el territorio que gestiona el ministerio. El Gobierno de Esperanza Aguirre ha destinado 74 millones de euros a modernización desde 2003, y el próximo año prevé 340 millones más. El ministerio, de 2005 a 2009, gastará 545 millones.

El gobierno de los jueces acaba de aprobar un "plan de choque de tecnología y de reforma procesal", dice Fernando de Rosa Torner, vicepresidente a propuesta del PP desde septiembre. El primero consiste en dotar de certificado y firma electrónica a jueces y magistrados, como emplean desde hace años notarios, registradores y abogados.

Tampoco es la primera vez que el Poder Judicial se propone modernizar la justicia. En 2003 activó el Punto Neutro Judicial. A través de este nodo de comunicaciones los jueces acceden a los datos de Hacienda, Seguridad Social, Registro Mercantil Central, así como a los registros de información procesal. El problema, explica Lara, "es que la consulta no es automática porque no está integrada en los sistemas de gestión procesal. Es decir, que tenemos que buscar esos datos entre los diferentes registros, entrando y saliendo de una aplicación a la otra, lo que requiere cada vez una contraseña diferente, en vez de recibir automáticamente la información en el expediente mediante alertas".

Julio Martínez Meroño, secretario general de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, asegura que todos aceptan el cambio, "pero siempre que sea neutral, que no afecte a sus funciones. La modernización no es un problema de informática sino de mentalidad". Una nueva forma de organizarse (donde el juez dicta sentencia, pero los asuntos no estrictamente jurídicos los suministran servicios comunes) y la generalización de la tecnología son el maná para conjurar la maldición del pergamino.

El primer eje requiere modificar la legislación procesal. Paralizada durante años, ha sido reactivada en esta legislatura. El anteproyecto varía más de 1.000 artículos. Debería entrar en vigor en 2010, si no se frena de nuevo en el Congreso.

Algunas modificaciones de la ley generan polémica entre jueces y secretarios por los límites que delimitan sus funciones. Tampoco hay consenso sobre el uso de la tecnología. Desde 2003, las vistas orales de los juicios civiles y algunos penales se graban en vídeo por ley. En el resto de juicios, el secretario toma notas para dar fe. El ministerio proyecta extender esta obligación a todos los juicios, lo que permitiría al secretario ocuparse de otras cuestiones. Lara comparte la idea de conseguir una documentación electrónica, "pero sin eliminar garantías de los ciudadanos y del tribunal". El portavoz no considera necesario sacar "al secretario para agilizar la justicia". Lo importante, dice, es "el nuevo reparto de tareas, implantar la oficina judicial con servicios comunes y que nos otorguen responsabilidad en ejecución de sentencias, ordenación del proceso...". Servicios comunes para optimizar recursos y evitar que, cuando se comunica a la cárcel que un preso debe declarar, cada juzgado envíe a su propio funcionario a prisión a entregar el papel.

Sólo cuando se implante el expediente judicial electrónico en todos los órganos, incluida la fiscalía, será posible la tramitación del procedimiento, desde su inicio hasta su archivo, en formato digital. Pero la realidad es tozuda y los expedientes "no son electrónicos en origen". "Tendríamos que escanear y digitalizar todos los papeles que entrasen y sería materialmente imposible", explica Martínez.

Además, como la validez legal aún la da el papel, cuando un juez toma posesión, sobre todo los de instrucción, pasan de tres a seis meses hasta que sabe el trabajo que hay pendiente. "Es difícil saber cuántos asuntos tienes guardados en el armario. En muchas ocasiones no hay ni índice. Lo mejor es empezar de cero porque ni los registros de entrada son fiables", dice la magistrada María Sanahuja. Con el agravante de que el 80% del papeleo no sirve de prueba en el juicio. Es burocracia, como la comunicación entre jueces para tomar declaración a testigos o las notificaciones a procuradores.

Miguel Ángel Gimeno, portavoz de Jueces para la Democracia, considera que el problema es la ausencia de modelo. "La nueva oficina es básica, pero también saber cómo queremos organizarnos. Si me llenan de programas, pero no sé para qué los quiero, de poco me sirven. La informática debe ser una herramienta de auxilio al trámite judicial para que el juzgado obtenga la información a través de una red distribuida de información judicial, a la vez que se comunica electrónicamente con las partes".

Gimeno incide en las dos patas tecnológicas de la modernización de la justicia que eliminarán el papeleo, sin duda, pero sobre todo harán más eficaz el servicio. Se trata de que los órganos judiciales se relacionen electrónicamente con abogados y procuradores, pero también con peritos, registradores, médicos, policías o funcionarios de prisiones, que colaboran con la justicia a diario. Además, se deben interconectar a los tribunales para que sepan si la persona juzgada tiene causas pendientes y por qué hechos en otros órganos. Se evitarían situaciones kafkianas como cuando un magistrado informa a los testigos de que retrasa el juicio porque el acusado, al que ha puesto en busca y captura, no se ha presentando. Uno de los testigos, policía, le apunta: "Pues lo acaban de traer de la cárcel, lo juzgan aquí al lado".
FUENTE: EL PAIS (LAIA REVENTÓS 23/12/2008 )

15 diciembre 2008

El Supremo anula la prohibición de que los abogados pacten honorarios sus con los clientes - elConfidencial.com

El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional que en 2005 declaró ajustada a derecho la prohibición de que los abogados negocien sus honorarios libremente con sus clientes y avaló el establecimiento de honorarios mínimos por parte de los colegios profesionales de abogados.

La anulación la ha acordado el pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en una sentencia en la que estima un recurso del letrado José Luis Mazón, quien consideraba que la prohibición de la llamada "cuota litis" (el pacto de honorarios formalizado antes de terminar de asunto) atentaba contra la libre competencia.

En declaraciones a Efe, Mazón ha destacado la importancia de esta resolución para la abogacía, puesto que los letrados y sus clientes podrán pactar libremente a comisión o porcentaje del resultado del pleito, sin necesidad de que medie pago de honorarios mínimos como establecía el Código Deontológico.

En 2002 el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) sancionó con una multa de 180.000 euros al Consejo General de la Abogacía y le ordenó modificar la prohibición que establecía su Código Deontológico de que los abogados fijaran "libremente" con sus clientes los precios de sus servicios. El TDC dio así la razón a Mazón, que había presentado una denuncia contra el Consejo General de la Abogacía por una conducta "presuntamente prohibida" por la Ley de Defensa de la Competencia.

En 2005, la Audiencia Nacional estimó el recurso del Consejo de la Abogacía contra esa decisión y anuló la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia, al considerar que la regulación de honorarios, cuando se haga por normativa estatal, "no está sometida" ni compete al TDC.

El Supremo en esta sentencia también ha estimado, parcialmente, el recurso interpuesto por el Consejo General de la Abogacía y ha anulado la sanción de 180.000 euros que le impuso el TDC, aunque aprecia que su conducta "fue objetivamente infractora y debe cesar". "Es preciso reconocer que hay elementos que llevan a la conclusión de que en el momento en que el Consejo General de la Abogacía aprobó el Código Deontológico, y pese a la naturaleza jurídica especializada de la institución, ésta bien pudo ser llevada a la equivocada idea de que la prohibición de la 'cuota litis' en sentido estricto no resultaba contraria a Derecho", concluye.

El TS modifica su doctrina sobre este asunto y señala que la nueva interpretación es acorde con el criterio mantenido por la Sala de lo Civil de este Tribunal, que en una reciente sentencia rechazó que el pacto de "cuota litis" sea una cláusula contraria a las leyes.

En un comunicado, Mazón señala que así "se pone fin a décadas de hipocresía de los Colegios de Abogados prohibiendo algo que es necesario y que facilita el acceso a la Justicia de los más necesitados".

12 diciembre 2008

ELCHE: Otro juzgado de Primera Instancia y no por el Mercantil.

El visto bueno del Ministerio de Justicia a la creación de un juzgado de lo Mercantil en Elche no ha satisfecho a todos o, por lo menos, no de la misma forma. Mientras abogados y procuradores se muestran contentos (de hecho han sido los que más han trabajado en su posible puesta en marcha), los jueces se muestran más prudentes.
En las dos últimas reuniones de la junta de jueces, en octubre y noviembre pasados, los magistrados solicitaron, tanto a la sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana como al Consejo General del Poder Judicial, la creación urgente en Elche de un nuevo juzgado de Primera Instancia, el número siete, para la ciudad. En segunda lugar apuntaron la gran necesidad de un segundo Contencioso-Administrativo y sólo en el tercero el juzgado de lo Mercantil.
En sus informes, los jueces justificaron y justifican actualmente sus preferencias. Según recalcaba ayer el juez-decano, Agustín Valero Maciá, «el séptimo juzgado de Primera Instancia para Elche es imprescindible ya».
La crisis económica ha multiplicado en lo que va de año los asuntos civiles, en particular los asuntos de desahucios, hipotecarios y las reclamaciones de cantidades. De hecho, a finales de septiembre, las ejecuciones de hipotecas habían aumentado más de un 220% respecto a los últimos dos años.
Según los datos facilitados por el Decanato, cada juzgado de Primera Instancia va a terminar el año con una media de 2.400 asuntos registrados. En 2007, después de un crecimiento ya notable, el año se cerró con 1.700 expedientes registrados.
El Consejo General del Poder Judicial tiene fijado el módulo de trabajo en 1.100 asuntos anuales. Esta cifra evidencia que los juzgados de Primera Instancia de Elche duplican el trabajo fijado.
Las previsiones económicas para el 2009, nada halagüeñas según el mismo Gobierno de España, hacen presagiar un importante crecimiento de los litigios civiles. Todo apunta a que el aumento de 700 expedientes registrados este año en cada juzgado civil se quede pequeño al lado de la avalancha de asuntos del primer semestre de 2009.
El juez decano hizo especial hincapié ayer en la necesidad de un segundo juzgado de lo Contencioso-Adminsitrativo para Elche por el alto volumen de trabajo que está soportando el actual. Dicha oficina judicial atiende el partido judicial de Elche y los de Orihuela y Torrevieja. Estos dos últimos generan numerosos asuntos urbanísticos por la vía contenciosa-adminsitativa.
En la lista de necesidades elaborada por los jueces, el Mercantil sólo va en tercer lugar aunque, insistía ayer el decano, se trate de una petición muy entendible por parte de abogados y procuradores. De momento, si finalmente se crea, Justicia tendrá que buscar un local de alquiler para su sede. También es posible que se cree el 31 de diciembre de 2010 y se retrase su puesta en marcha hasta que esté construida la Ciudad de la Justicia.
Reunión en Valencia
Según una nota informativa emitida ayer por la tarde por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), el ex conseller de Justicia de la Generalitat y actual vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa, junta a la portavoz de dicho órgano de gobierno de los jueces, Gabriela Bravo, mantendrá una reunión con los decanos de los 36 partidos judiciales que existen en la Comunidad Valenciana.
El encuentro, en el que estará presente el presidente del TSJCV, Juan Luis de la Rúa, los jueces y magistrados podrán trasladar a los representantes del CGPJ sus necesidades.
FUENTE: Diario LA VERDAD

06 diciembre 2008

Las consecuencias de los retrasos judiciales

Los retrasos en los juicios provocan en 4 meses una pérdida de tiempo equivalente a 3 años laborables.

El decano del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, Francisco Real, acompañado de la vicedecana del ICAV, Mª José Santacruz, presentaron recientemente en rueda de prensa el informe “Estadísticas sobre cumplimiento de horarios de señalamientos judiciales”, un documento impulsado y elaborado por el ICAV que analiza el retraso medio en la celebración de los juicios en la provincia de Valencia. El informe está basado en una muestra de 17.106 juicios celebrados en 14 delegaciones del ICAV (incluida la Ciudad de la Justicia) más la sede judicial de Mislata, y fue desarrollado entre los meses de marzo y junio de 2008 a partir de un cuestionario que los abogados debían cumplimentar al finalizar el señalamiento.

Los datos estadísticos globales del informe señalan que sólo el 23,3% de los juicios se celebraron con puntualidad. El 76,7% restante registró retrasos. Concretamente, el 34,3% se retrasó menos de media hora, el 36% de los juicios se retrasaron entre media hora y dos horas, y el 4,2% de los señalamientos llegaron a retrasarse más de 2 horas.

“Con este informe pretendemos denunciar la situación de impuntualidad que sufren día a día los abogados y los ciudadanos, un retraso que afecta a la actividad profesional de los primeros y que actúa en perjuicio del derecho a recibir justicia de los segundos. Es una falta de respeto no sólo que el juez sea impuntual, sino que en muchas ocasiones, después de estar esperando más de media hora a que se celebre el juicio, salga un funcionario y sin más explicaciones comunique que se ha suspendido”, valoró el decano de los abogados valencianos. “Los jueces deben recordar que su trabajo es un servicio público al ciudadano, y que éste tiene el derecho fundamental a recibir justicia y a ser informado de todo lo que atañe al proceso en el que está implicado.”, añadió Francisco Real, que recordó además que estos retrasos tienen efectos negativos sobre la economía de los ciudadanos que deben dejar sus trabajos para asistir a los juicios.

Datos por partidos y órganos judiciales

El informe “Estadísticas sobre cumplimiento de horarios de señalamientos judiciales” también analiza el retraso de los juicios de forma pormenorizada según partido judicial y según tipo de sede judicial.

En el primer supuesto, los partidos judiciales que mayor retraso medio registraron fueron Requena (42 minutos), seguida de Massamagrell (35 minutos) y, en tercer lugar, Valencia capital (32 minutos).

Respecto al análisis según el tipo de sede judicial, el promedio de retraso más elevado se encuentra en Valencia, Gandia y Torrent. En la capital, los mayores retrasos tuvieron lugar en los Juzgados de lo Penal (53 minutos) y los Juzgados de Violencia contra la Mujer (43 minutos). En Gandia, los Juzgados de lo Penal nº1 de Gandia registraron un retraso medio de 48 minutos y, finalmente, los juicios en los Juzgados de Violencia contra la Mujer de Torrent sufrieron un promedio de 48 minutos de demora.

Los más puntuales

Según los datos estadísticos recogidos en el informe, los partidos judiciales de Carlet (14 minutos), Torrent (15 minutos) y Llíria (19 minutos) son los que menor retraso medio presentan, si bien en el caso de Torrent la situación en los Juzgados de Violencia contra la Mujer representa una excepción a ese promedio, como hemos visto anteriormente.

En cuanto a los órganos judiciales con menor retraso, destacan los Juzgados de 1ª Instancia (19 minutos) y los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo (19 minutos), ambos situados en Valencia capital.

El decano de los abogados valencianos apuntó que estos datos son un “ejemplo de la situación que se vive todos los días en los distintos juzgados” de la provincia de Valencia. “El problema es la falta de racionalización de la agenda judicial, que provoca una injustificada pérdida de productividad y de horas de trabajo que acaban afectando a la economía y el derecho a recibir justicia de los ciudadanos”, subrayó el decano del Colegio de Abogados de Valencia.

Origen: Consejo General de la Abogacía Española.

04 diciembre 2008

Un fallo informático en el Juzgado intensifica el caos  y aumenta los retrasos - Elda - INFORMACION.es

Los problemas se han sucedido desde que la Conselleria sustituyó los ordenadores pero mantuvo el viejo servidor.
Un fallo informático ha agravado la situación de caos en la que se encuentra inmerso el Juzgado de Villena desde hace años. Un juzgado considerado por funcionarios, abogados, procuradores y jueces como la "oveja negra" de la Administración de Justicia en la Comunidad debido al colapso que arrastra por las graves carencias de personal y medios de las que este diario ya informó a finales de noviembre.
Para tratar de paliar esta situación la Conselleria de Justicia retiró hace un mes los antiguos ordenadores y los sustituyó por otros más modernos. Sin embargo, se decidió mantener el viejo servidor al que se encuentran conectados todos los equipos informáticos del Decanato, de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción Número 1 y 2, Registro Civil, Juzgado de Vigilancia Penitenciaria Número 2 así como del Servicio Común de Notificaciones del partido judicial de Villena y del centro penitenciario Alicante II. Sin embargo, el cambio de los ordenadores manteniendo el mismo servidor -que ya había dado más de un problema en los últimos años- hace que cada día el programa "cicerone" que manejan los funcionarios dé numerosos errores, sustituya iconos, impida el acceso y se quede "colgado". Ayer, por ejemplo, el bloqueo informático hizo que los trabajadores no pudieran realizar el 90 por ciento de los trámites judiciales que llevan a cabo en un día normal. En tal caso sustituyen este tipo de tareas por otras en las que no se requiere el uso del "cicerone". Algo que, en cualquier caso, no logra frenar los retrasos en el registro de expedientes y en las notificaciones ni evita las molestias para procuradores y ciudadanos a los que no se puede atender en caso de solicitar algún tipo de consulta. Hasta la fecha con las continuas llamadas a los técnicos que se encargan del mantenimiento del sistema informático sólo se ha logrado poner "parches" a un problema que está "desquiciando" a los trabajadores. De hecho, se han llegado a plantear hacer un paro simbólico en las puertas del Palacio de Justicia de Villena. "Si las mesas están siempre llenas de expedientes, ahora lo están mucho más y al final quien sufre las consecuencias de todo esto somos nosotros porque los ciudadanos, que tienen todo el derecho del mundo a quejarse si las cosas no funcionan bien, con quienes se enfrentan es con nosotros", indicó ayer una funcionaria muy cabreada porque en toda la mañana sólo tuvo operativo el ordenador una hora.