29 noviembre 2016

PAPEL 0 LEXNET

PAPEL 0 Con motivo de la inminente entrada en vigor en los Partidos Judiciales de la Provincia de Alicante del RD 1065/2015, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET) -BOE-A-2015-12999- y que desarrolla Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, se hace preciso poner en conocimiento de los Letrados las siguientes particularidades que dicho sistema va a suponer en la presentación de escritos y demandas: 1.- Todos los escritos y demandas han de estar firmados digitalmente por el Letrado del asunto o por Letrado que lo sustituya, y en formato PDF/A con la característica OCR (reconocimiento óptico de caracteres), es decir, deberá haber sido generado o escaneado con software que permita obtener como resultado final un archivo en un formato de texto editable sobre cuyo contenido puedan realizarse búsquedas y deberá ir firmado electrónicamente con la firma o firmas de los profesionales actuantes (conforme al Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre) 2.- Las demandas deben contener un índice de los documentos que se adjuntan a la misma, debiendo ser su escaneado, documento a documento para su correcta presentación. Es decir, los documentos que se adjunten a los escritos procesales, deberán ser presentados según su contenido en alguno de los formatos que la Guía de Interoperabilidad y Seguridad de Catálogo de Estándares y la Guía de Interoperabilidad y Seguridad del Documento Judicial Electrónico establezcan para este cometido. Hasta entonces se recomiendan los siguientes:.pdf,.rtf,.jpeg,.jpg,.tiff,.odt,.zip. Los documentos que sólo contengan texto deberán ser presentados, principalmente, con las características descritas anteriormente. Los archivos comprimidos.zip sólo podrán contener documentos de los formatos:.pdf,.rtf,.jpeg,.jpg,.tiff,.odt. Los documentos adjuntos deberán remitirse individualizados en tantos archivos digitales como documentos sean los que deban componer el envío. No es posible remitir un único pdf que contenga todos los documentos. En el momento de su generación en el proceso de escaneado, los documentos serán nombrados de forma descriptiva. El nombre deberá ir precedido del número cardinal correspondiente al lugar u orden que ocuparán al ser anexados o adjuntados en el envío a realizar. Deberá incluirse su clase y breve descripción, sin que sirva únicamente una alusión genérica o numeral Se recomienda: a) Activar la Resolución del Escáner a 200x200.ppp o, en su defecto, la mínima que permita el dispositivo. b) Seleccionar tipo de salida de documento PDF/A. c) Seleccionar tipo de salida: un solo documento. d) Activar el OCR (Reconocimiento de Caracteres). e) Seleccionar el color de Salida Negro. Únicamente se utilizarán características de color, cuando el contenido de la información a adjuntar así lo requiera. En ningún caso se podrán remitir a través de Lex-NET archivos de audio, video o zip comprimido que contenga archivos en formatos distintos de los anteriormente citados (conforme al Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre) 3.- Cuando un escrito lo elabora el Procurador, se remite al Letrado en pdf para que sea firmado digitalmente y se retorne al Procurador, quien también lo firmará de forma digital. 4.- Dado el trabajo adicional que supone la presentación telemática, para los escritos de plazo, se ruega su remisión antes de las 13 h. NORMATIVA 1.- Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema Lex-NET 2.- Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, por la que se reformó la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial 3.- Real Decreto 84/2007, de 26 de enero, sobre implantación en la Administración de Justicia del sistema informático de telecomunicaciones Lex-NET para la presentación de escritos y documentos, el traslado de copias y la realización de actos de comunicación procesal por medios telemáticos 4.- Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, (artículos 4 y 6) que establecen respectivamente el derecho de elección del ciudadano del canal a través del cual relacionarse con la Administración de Justicia. 5.-Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior 6.- Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos 7.- Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil 8.- Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. 9.- Artículo 230 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, redactado por el apartado treinta y dos del artículo único de la L.O. 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial («B.O.E.» 22 julio). 10.- Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. 11.- Reglamento 2/2010, sobre criterios generales de homogeneización de las actuaciones de los servicios comunes procesales, aprobado por Acuerdo, de 25 de febrero de 2010, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. PROGRAMAS RECOMENDADOS 1. ADOBE READER https://get.adobe.com/es/reader/ 2. PDFSAM http://www.pdfsam.org/download-pdfsam-basic/ 3. XCHANGE https://www.tracker-software.com/product/pdf-xchange-editor 4. NAPS2 https://sourceforge.net/projects/naps2/files/5.2.0/ 5. LIBREOFFICE https://es.libreoffice.org/descarga/libreoffice-nuevo/?version=5.2.0 6. FOXIT https://www.foxitsoftware.com/products/pdf-reader/ 7. PEAZIP http://www.peazip.org/ 8. XOLIDO..https://www.xolido.com/lang/productosxolidosign/xolidosignescritorio/modulo/?refbol=xolidosign-escritorio&refsec=xolidosign-escritorio_que-es-xolidosign Video tutorial : www.icopal.org/Documentos/video_procuradores_cvcp.mp4