16 junio 2014

Tribunales de Distancia. ALOPJ

Publicado en 14 de junio de 2014 por José Muelas Cerezuela Como ya he tenido ocasión de contar en otros post, al dicho o hecho con que se pretende desorientar a alguien para que no advierta el engaño de que va a ser objeto se le llama en español “cancamusa” y, aunque el término está en desuso, describe a la perfección la principal actividad de buena parte de nuestros representantes políticos. Particularmente apropiado resulta este término cuando de las iniciativas legislativas del ministerio de justicia se trata (¿recuerdan la cancamusa de que “las tasas irán destinadas a justicia gratuita”?) y créanme si les digo que todo el anteproyecto de ley de Ley Orgánica del Poder Judicial (ALOPJ) está rodeado, cuando no sumergido, en ellas. Como sin duda sabrán el ALOPJ supone un nuevo diseño de toda la organización judicial española y, tal y como dice su propio texto, una de las piedras angulares del mismo será la creación de los llamados “Tribunales Provinciales de Instancia” que, conforme al propio anteproyecto (artículo 84), tendrán su sede en la capital de provincia APLO Poder Judicial nueva versión 4-4-14 3. Los Tribunales Provinciales de Instancia tomarán el nombre de la correspondiente provincia en cuya capital tendrán su sede oficial. Esto supone “de facto” la desaparición de la mayor parte de los partidos judiciales de España que pasarán de los más de 400 actuales a menos de 60 dejando a casi 360 municipios sin juzgados. ¿Por qué se hace esto? Según el preámbulo del anteproyecto se hace porque… APLO Poder Judicial nueva versión 4-4-14 Con ello se pretende alcanzar las ventajas que una completa provincialización de la Administración de Justicia traería consigo y que son las que se derivan de las economías de escala – mensurables en términos de medios personales y materiales, tiempo, etc. Pero… ¿es verdad que dicho Tribunal de Instancia sito en la capital de provincia supone ahorro alguno para el conjunto de la nación? Echemos unas cuentas… Lo primero que a uno se le ocurre es que, con la creación de los Tribunales de Instancia y su ubicación en la capital de la provincia, los ciudadanos que no vivan en dichas capitales habrán de desplazarse hasta ellas para asistir a sus juicios o verificar la marcha de sus asuntos con el consiguiente gasto (para ellos) que esto implica. ¿Podemos cuantificar ese gasto para ver si al conjunto de los españoles la creación de estos Tribunales de Instancia les supone algún ahorro? Pues sí, podemos hacerlo, así que vamos a tratar de fijar el costo mínimo que estos “Tribunales de Distancia” van a suponer para los administrados que los usen. Tengan la paciencia de seguirme y se llevarán, ya se lo adelanto, una buena sorpresa. Para calcular el coste mínimo lo primero que hemos de hacer es averiguar la población que se quedará sin un juzgado cercano a causa de la creación de estos Tribunales y, para ello, nada mejor que listar en una hoja de cálculo todos los partidos judiciales de España que no son capital de provincia en donde se recojan sus respectivas poblaciones, el número de asuntos tramitados y los kilómetros que lo separan de la capital. Me he tomado el trabajo, no poco tedioso, de confeccionar dichas hojas de cálculo tan sólo en lo relativo a la jurisdicción civil y el resultado pueden encontrarlo aquí. Observen que sólo figuran los partidos judiciales peninsulares pues, respecto de los insulares, podemos escribir un post cómico en relación a las “economías de escala” que el nuevo sistema genera. Así pues, seremos benevolentes y pasaremos por alto el hecho de que España tiene islas. Conforme a las tablas que han podido consultar, la distancia media que separa las poblaciones actualmente con juzgado de la capital de la provincia es de 56 kilómetros y, en este punto,ñ debemos hacer notar que esta cifra media se debe en buena parte a que en las áreas metropolitanas de Madrid, Barcelona y Valencia existen muchos partidos judiciales extremadamente cercanos a la capital por que, si nos vamos a las zonas menos pobladas de España, uno puede observar cómo los pobres vecinos de Herrera del Duque (Badajoz) han de recorrer 200 kilómetros de ida y otros tantos de vuelta para acudir a la capital a hacer un juicio, o cómo los habitantes de Puigcerdá habrán de hacer más de 300 kilómetros por carretera para ir a solucionar un asunto al juzgado. Pero, seamos indulgentes de nuevo y sigamos. Siendo la distancia media (así de benévolamente calculada) de 56 kilómetros, podemos constatar en las tablas que les dejo cómo estos juzgados no capital de provincia han tramitado en el año 2012 la nada despreciable cantidad de 766.708 asuntos civiles lo que, calculando el trayecto de ida y vuelta, suponen un total de 85.871.296 kilómetros a recorrer. Claro que estos casi 86 millones de kilómetros no los recorre una persona sola. Para ir a juicio no sólo han de estar presentes las dos partes sino sus abogados, los testigos, los peritos… Volvamos a ser extremadamente benevolentes con el gobierno y consideremos, de forma absolutamente utópica, que sólo DOS personas acuden a juicio lo que eleva el número de kilómetros a 171.742.592. Con estos datos podemos calcular ya el gasto que en gasoil supondrá para los ciudadanos que no vivan en capital de provincia acudir a sus juicios civiles (insisto en lo de civiles y luego verán por qué). Para ello consideraremos que estos españoles tienen un coche de una antigüedad media de 10 años (la antigüedad media del parque de automóviles en España es de más de 11 años) y tomaremos como vehículo modelo el más vendido en el año 2004, el Renault Megane en su versión más económica diesel por su menor consumo. Este vehículo, como pueden ustedes fácilmente comprobar, tiene un consumo medio de 5,5 litros a los 100 kms., lo que supone un consumo de 0,055 euros el kilómetro. Lo que queda de la operación es fácil, multiplicamos el número de kilómetros a recorrer por el consumo por kilómetro lo que nos arroja la nada desdeñable cantidad de 9.445.842,56 litros de gasóleo A que, multiplicada a su vez por su precio a día de hoy (1,32 euros) nos da como resultado final 12.468.512 euros con 17 céntimos. Bien, ya sabemos que llevarse los juzgados a la capital de provincia costará a los españoles que no vivan en ellas 12 millones y medio de euros tan sólo para atender a los juicios civiles. Y esta cantidad ¿es mucho o poco? El primer término de comparación que a uno le viene a la cabeza es el del coste de mantener los edificios judiciales de que en este momento disponen esos municipios pues, si el coste para los ciudadanos de sólo el gasóleo es superior al coste del mantenimiento de los edificios, convendrán conmigo en que eliminarlos no supone ahorro alguno; así que, consultemos los presupuestos generales del estado a ver qué nos dicen y la sorpresa sería importante pues el gobierno central apenas si gasta 3,6 millones de euros en cánones, arrendamientos, reparación, mantenimiento y conservación de edificios… Puestos a ser benevolentes podemos añadir otros costes que tendría que seguir realizando la administración tales como como agua, luz, material de oficina, incluso gastos protocolarios… Y entonces la cifra a añadir sería de unos 12 millones, prácticamente la misma cantidad que gastarán los habitantes de los desparecidos partidos judiciales en gasolina. Pero no se engañen, el traslado de los juzgados a la capital no supondría ahorro alguno en electricidad o agua o material de oficina pues las funciones allí trasladadas seguirían exigiendo de dichos servicios de forma que podemos concluir que, tan sólo por lo que respecta a la jurisdicción civil, la “cancamusa del ahorro” se revela como una completa falacia. Los españoles sufrirían un coste de 12 millones en dicha jurisdicción y el gobierno central un ahorro de tan sólo 3 y medio. Es verdad que bastantes comunidades autónomas mantienen ellas mismas sus edificios pero, a día de hoy, desconozco que ninguna de ellas esté de acuerdo con el programa, más provinciano que provincializador, del gobierno por lo que analizaremos los costes y ventajas autonómicos más adelante. De esta forma podríamos concluir el post afirmando que, para que el gobierno central ahorre 3 millones de euros los españoles se verán obligados a pagar 12 millones sólo en combustible pero eso, ¡ay!, sólo en la jurisdicción civil porque, si miran las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial, la jurisdicción civil sólo supone una sexta parte de lo que supone la jurisdicción penal (1.670.305 asuntos civiles ingresados en 2013 frente a 6.304.949 asuntos penales ingresados) por lo que, tranquilamente, podrían ustedes multiplicar por 6 el gasto de los españoles y aún se quedarían cortos. Y digo que se quedarían cortos porque la asistencia a juicio en el caso de la jurisdicción penal en muchos casos no se hace en el vehículo particular de uno sino que el administrado es conducido bajo la vigilancia de la fuerza pública en vehículos oficiales. ¿Imaginan ustedes lo que ocurriría todos los días en Algeciras si la policía hubiese de conducir hasta Cádiz (120 kms.) a todos los detenidos? ¿Imaginan el coste de esos 240 kms de ida y vuelta en términos de horario y extras de policías? ¿Imaginan el coste? O… ¿Imaginan ese pobre vecino de Herrera del Duque (Badajoz) conducido 200 kms. hasta la capital de provincia por haber sido denunciado por violencia doméstica? ¿Cuánto cuestan al estado esos 400 kms (ida y vuelta) que ha de hacer un vehículo de la Guardia Civil con dos agentes exclusivamente destinados a ello? ¿Y qué me dicen de la vulneración de derechos y penosidad de la situación del detenido? No. Es falso que cerrar sedes produzca ahorros, no es más que la primera de las muchas cancamusas que el ministerio viene lanzando para imponer “contra tenorem rationis” una planta judicial que favorece a unos pocos en perjuicio de todos, una descabellada planta judicial que, por cada euro ahorrado al gobierno central supone un coste de 24 euros a los administrados. Un auténtico dislate desde el punto de vista económico y desde el punto de vista jurídico y organizativo; pero eso lo iremos analizando en los siguientes post de esta serie. Por hoy vale, aunque, créanme, no basta con indignarse: si está usted en contra de esta aberración y desea defender los juzgados de su ciudad puede usted dirigirse a su ayuntamiento por escrito, pídale que se pronuncie y recuérdele que, dentro de un año, hay elecciones y usted tiene un voto..