13 julio 2009

Abren expediente al Consejo de Procuradores por las sustituciones.

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador al Consejo General de Procuradores de los Tribunales de España por posibles prácticas prohibidas en relación con las disposiciones estatutarias que regulan la sustitución de procuradores.

El expediente, según informa en un comunicado la CNC, tiene su origen en la denuncia presentada el 29 de diciembre de 2008 por un procurador de Madrid, que consideraba una "restricción a la profesión" el establecimiento de una cuota colegial obligatoria variable, "que se devenga por la mera personación del colegiado", según el reglamento del Colegio de Procuradores madrileño.

La denuncia argumentaba también que las normas que se aplican en el sistema de sustitución de procuradores, tanto en el Estatuto General como en el del Colegio de Madrid, constituyen "una barrera" para el ejercicio de la profesión.

Según el procurador denunciante, el procedimiento utilizado tiene el efecto de reservar determinadas actuaciones profesionales a aquellos procuradores que, al tener un elevado nivel de ingresos, pueden hacer frente al pago de sumas elevadas en caso de sustitución.

Este sistema, -dice la denuncia-, "blinda de forma corporativa los intereses de los procuradores en perjuicio de los consumidores, que no pueden acudir a otro profesional hasta que no hayan satisfecho las deudas con el procurador saliente".

Tras una investigación reservada y al constatar que la cuota colegial obligatoria afecta exclusivamente al ámbito territorial de Madrid, la CNC trasladó el expediente a los órganos de defensa de la competencia de la Comunidad de Madrid, a quienes corresponde resolver esa parte de la denuncia.

Sin embargo, Competencia ha decidido incoar un expediente sancionador al Colegio General de Procuradores de España, al considerar que el procedimiento de sustituciones puede incurrir posibles prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia.

Ahora se abre un plazo máximo de dieciocho meses para la instrucción del expediente y su resolución final por la CNC.

Fuente: ADN.ES 13 Julio 2.009

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