25 noviembre 2006

LA RELACION LABORAL DE LOS ABOGADOS

En el BOE de 18 Noviembre de 2.006 aparece publicado el Real Decreto 1331/2006, de 17 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos.
Todo ello como consecuencia de la disposición adicional primera, apartado 1, de la Ley 22/2005, de 18 de noviembre, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas comunitarias , reconociendo el carácter especial de la relación laboral de los abogados que prestan servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del titular de un despacho, individual o colectivo.
A través de este Real Decreto se procede a regular la indicada relación laboral que se califica de carácter especial.
El texto completo de dicha norma puede consultarse en http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1331-2006.html

http://procuradores.com.es

19 noviembre 2006

Reivindicando una Sala de lo contencioso administrativo en Alicante.

"Habría que crear una sala de lo Contencioso en Alicante, que no la hay. No tiene sentido tener que ir a Valencia cuando el 60% de los asuntos que se recurren al Tribunal Superior son de Alicante. Tenerla es una legítima aspiración de muchos años."

Asi de claro lo dijo D.Vicente Gimeno Sendra, Magistrado emérito del Tribunal Constitucional, y una de las máximas autoridades en derecho procesal de nuestro Pais. Una interesante entrevista que Mercedes Gallego hizo al Ilustre Vicente Gimeno, publicada en el Diario Información del Domingo 19 Noviembre 2005, donde se pone de manifiesto la ausencia de medios materiales y de preparación en nuestra Adminisración de Justicia.
Se puede decir mas alto pero no más claro, se puede decir mas veces pero no debiera decirse ni una sola vez mas, ya que desde hace mucho tiempo, el sentido común y la lógica jurídica vienen reclamando una sala de lo contencioso administrativo en Alicante .

17 noviembre 2006

Procuradores: competencia desleal

El Pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia, ha dictado Resolución en el expediente sancionador nº 603/05 (Expte. 2574/04 del Servicio de Defensa de la Competencia, incoado a instancia de la sociedad “EQUIPO INTEGRAL DE ASESORÍA, S. COOP. GALLEGA” contra los seis procuradores de tribunales habilitados para prestar sus servicios de procura en el partido judicial de Ponteareas (Pontevedra), y les imputa la realización de una conducta restrictiva de fijación de precios prohibida por el art. 1.1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, consistente en la suscripción de un acuerdo para no aplicar el art. 2 del RD 1373/2003, de 7 de noviembre, que aprueba el arancel de derechos de los procuradores de tribunales, que permite pactar con el cliente incrementos o descuentos sobre el arancel de hasta un 12%.
Se puede compartir o no dicha decision, pero me pregunto: ¿ cuando se pacta el incremento ?.

05 noviembre 2006

La importante gestion de los Colegios de Procuradores

Estan son las estadisticas sobre el volumen de notificaciones y traslados de copias gestionados por los Colegios de Procuradores.
Claramente se aprecia la importancia de la funcion del procurador en nuestro sistema procesal.